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¿Cómo funciona la pensión por retiro del IMSS?

La pensión por retiro del IMSS es el ingreso mensual que recibes cuando dejas de trabajar por edad avanzada, financiado con el ahorro acumulado durante tu vida laboral.

Existen dos sistemas de pensión según la fecha en que empezaste a cotizar. Entender cuál te aplica es el primer paso para planear tu retiro.

Ley 73 y Ley 97: los dos sistemas de pensión

La Ley 73 aplica a quienes cotizaron al IMSS antes del 1 de julio de 1997. Bajo este sistema, el IMSS calcula tu pensión con base en tu salario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas. No dependes de un fondo individual: el IMSS paga la pensión directamente.

La Ley 97 aplica a quienes empezaron a cotizar el 1 de julio de 1997 o después. Bajo este sistema, tu pensión depende del saldo acumulado en tu Afore (Administradora de Fondos para el Retiro). Si cotizaste antes y después de esa fecha, puedes elegir el régimen que te convenga más.

Característica Ley 73 Ley 97
¿A quién aplica? Cotizó antes del 1-jul-1997 Cotizó desde el 1-jul-1997
¿Quién paga la pensión? El IMSS directamente Tu Afore (saldo acumulado)
Base del cálculo Salario promedio + semanas Saldo en cuenta individual
¿Hay pensión mínima garantizada? Sí, si cumples semanas

¿Cuántas semanas necesitas cotizar?

El número mínimo de semanas cotizadas determina si tienes derecho a pensión.

Bajo Ley 73, necesitas al menos 500 semanas cotizadas y tener 65 años de edad (o 60 años para pensión por cesantía en edad avanzada, con 500 semanas también).

Bajo Ley 97, necesitas un mínimo de 1,250 semanas cotizadas para acceder a la pensión mínima garantizada, que en 2024 equivale a aproximadamente $5,167 mensuales. Si tu saldo en la Afore alcanza para una pensión mayor, recibes esa cantidad superior.

Cada año que trabajas de forma continua aporta entre 50 y 52 semanas cotizadas. Diez años completos suman alrededor de 500 semanas. Veinticinco años suman aproximadamente 1,300 semanas.

¿Cómo se acumula el dinero en tu Afore?

Cuando trabajas en el sector formal, tres partes aportan a tu cuenta individual cada bimestre:

  • : aportas el 1.125 % de tu salario base de cotización.
  • Tu patrón: aporta el 5.15 % de tu salario base de cotización.
  • El gobierno: aporta una cuota social fija que varía según tu nivel salarial.

Esas aportaciones se invierten en instrumentos financieros. Con el tiempo, los rendimientos aumentan tu saldo. La Afore donde estás registrado administra ese dinero.

Ejemplo 1 — Trabajadora de Liverpool con salario de $15,000 mensuales:

Su aportación mensual total (patrón + ella + gobierno) es aproximadamente el 6.5 % de su salario: cerca de $975 al mes. En 30 años de trabajo continuo, sin contar rendimientos, acumularía alrededor de $351,000. Con rendimientos promedio históricos del 4 % anual real, el saldo podría superar los $670,000.

Ejemplo 2 — Operador de planta en FEMSA con salario de $22,000 mensuales:

Su aportación mensual total ronda los $1,430. En 25 años de cotización, sin rendimientos, acumularía cerca de $429,000. Con rendimientos, podría superar los $720,000.

Estos montos son estimaciones ilustrativas. El saldo real depende de los rendimientos de tu Afore, los períodos sin cotizar y los retiros parciales que hayas hecho.

¿Cuánto recibirías de pensión mensualmente?

Para calcular la pensión mensual bajo Ley 97, la aseguradora divide tu saldo total entre los meses estimados de vida restante, usando tablas actuariales. También puedes contratar una renta vitalicia (pagos fijos de por vida) o un retiro programado (pagos variables según saldo).

Ejemplo 3 — Renta vitalicia estimada:

Una persona de 65 años con un saldo en Afore de $800,000 podría contratar una renta vitalicia de aproximadamente $6,500 mensuales. Con un saldo de $1,500,000, la renta podría ser de alrededor de $12,000 mensuales. Estos montos varían según la aseguradora y las condiciones del mercado en el momento del retiro.

Pensión mínima garantizada: Si tu saldo en Afore no alcanza para financiar la pensión mínima, el gobierno federal completa la diferencia, siempre que hayas cumplido las 1,250 semanas requeridas.

¿Cómo consultar el saldo de tu Afore?

Puedes revisar tu saldo y semanas cotizadas de tres formas:

1. Portal e-SAR (www.e-sar.com.mx): Ingresas tu CURP y te muestra en qué Afore estás registrado, tu saldo aproximado y el historial de aportaciones.

2. Aplicación móvil de tu Afore: Las Afores más grandes (SURA, Citibanamex, XXI Banorte, Principal) tienen apps gratuitas. Ingresas con tu NSS o CURP para ver tu estado de cuenta.

3. Estado de cuenta físico o digital: Tu Afore está obligada a enviarte un estado de cuenta al menos una vez al año. También puedes solicitarlo en cualquier momento.

Consultar tu saldo al menos una vez al año es una práctica recomendada. Así detectas si tu patrón está realizando las aportaciones correctamente.

¿Qué pasa si cambias de trabajo o tienes períodos sin cotizar?

Tu cuenta individual en la Afore no desaparece cuando cambias de trabajo. El saldo acumulado permanece y sigue generando rendimientos aunque no haya nuevas aportaciones.

Sin embargo, los períodos sin cotizar sí afectan el total de semanas acumuladas. Si trabajas 10 años, dejas de cotizar 5 años y vuelves 10 años más, tus semanas cotizadas suman 20 años, no 25. Eso puede impactar si alcanzas o no el mínimo de 1,250 semanas.

Ejemplo práctico: Un analista en Bimbo cotizó 8 años, renunció y estuvo 3 años sin trabajo formal, y luego regresó al sector formal otros 15 años. Su total de semanas cotizadas es de 23 años, equivalente a aproximadamente 1,196 semanas. Estaría por debajo del mínimo de 1,250 semanas. Para alcanzarlo, necesitaría cotizar al menos 1 año más.

Errores comunes

Error 1 — Creer que el IMSS guarda el dinero en una cuenta del gobierno. Bajo Ley 97, tu dinero está en una cuenta individual administrada por una Afore privada. No es un fondo colectivo del IMSS.

Error 2 — No revisar si el patrón está aportando correctamente. Algunas empresas reportan al IMSS un salario base de cotización menor al real. Eso reduce tus aportaciones y tu pensión futura. Compara tu recibo de nómina con tu estado de cuenta de Afore.

Error 3 — Retirar el saldo de la Afore antes del retiro sin considerar las consecuencias. Si pierdes tu empleo, puedes hacer retiros parciales de tu Afore. Sin embargo, cada retiro reduce el saldo disponible para tu pensión futura. Usa esta opción solo como último recurso.

Error 4 — Asumir que la pensión mínima garantizada es suficiente. La pensión mínima garantizada de alrededor de $5,167 mensuales equivale a poco más de un salario mínimo. Para muchas personas en zonas urbanas, ese monto no cubre sus gastos básicos. Planear ahorro adicional (como una cuenta de inversión personal o un plan de retiro voluntario en tu Afore) es fundamental.

Resumen de los puntos clave

  • Existen dos sistemas: Ley 73 (basada en salario promedio) y Ley 97 (basada en saldo en Afore).
  • Bajo Ley 97, necesitas 1,250 semanas cotizadas para acceder a la pensión mínima garantizada.
  • Tu patrón, tú y el gobierno aportan a tu Afore cada bimestre; esas aportaciones generan rendimientos con el tiempo.
  • Puedes consultar tu saldo en e-SAR, en la app de tu Afore o en tu estado de cuenta anual.
  • Los períodos sin cotizar reducen tus semanas acumuladas y pueden retrasar o reducir tu pensión.

Puntos clave

  • Si empezaste a cotizar antes del 1 de julio de 1997, te aplica la Ley 73 y el IMSS calcula tu pensión con base en tu salario promedio; si empezaste después, te aplica la Ley 97 y tu pensión depende del saldo en tu Afore.
  • Bajo la Ley 97, necesitas al menos 1,250 semanas cotizadas para tener derecho a la pensión mínima garantizada de aproximadamente $5,167 mensuales.
  • Tu patrón, tú y el gobierno federal aportan a tu cuenta individual en la Afore cada bimestre; ese saldo crece con rendimientos a lo largo del tiempo.
  • Puedes revisar tu saldo y tus semanas cotizadas en el portal e-SAR, en la aplicación móvil de tu Afore o en tu estado de cuenta anual; hazlo al menos una vez por año.
  • Los períodos sin trabajo formal no borran tu saldo acumulado en la Afore, pero sí reducen el total de semanas cotizadas, lo que puede afectar tu acceso a la pensión mínima garantizada.

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