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¿Cuáles son las sanciones por incumplir la ley de subcontratación en México?

Incumplir la Reforma de Subcontratación de 2021 puede costarle a una empresa desde multas de miles de pesos hasta la pérdida total de deducciones fiscales y el bloqueo de sus sellos digitales.

Esta lección detalla las sanciones específicas que aplican el SAT, el IMSS y la STPS. También identifica los errores más frecuentes que las generan.


Las tres autoridades que pueden sancionarte

Cuando una empresa incumple la ley de subcontratación, no se enfrenta a una sola autoridad. Se enfrenta a tres al mismo tiempo.

El SAT revisa que los pagos a prestadoras de servicios estén respaldados con CFDI válidos y que la prestadora tenga REPSE vigente. El IMSS verifica que los trabajadores estén registrados y que las cuotas obrero-patronales estén cubiertas. La STPS supervisa que la empresa prestadora esté inscrita en el REPSE y que el objeto del servicio cumpla con la ley.

Cada autoridad actúa de forma independiente. Una empresa puede recibir sanciones de las tres al mismo tiempo.


Sanciones del SAT

Rechazo de deducciones y acreditamiento de IVA

Esta es la sanción más costosa en la práctica. Si la contratante pagó servicios a una prestadora sin REPSE vigente, el SAT rechaza la deducción del gasto en el ISR.

Ejemplo: Liverpool contrató servicios de limpieza por $2,400,000 al año. La prestadora no tenía REPSE al momento de emitir los CFDI. El SAT rechaza la deducción. Liverpool paga ISR sobre esos $2,400,000 como si nunca hubiera hecho el gasto. Con una tasa corporativa del 30%, el costo adicional es $720,000 solo en ISR.

Además, el SAT niega el acreditamiento del IVA de esas facturas. Si el IVA pagado fue el 16%, Liverpool pierde $384,000 adicionales de IVA que no puede recuperar. El golpe financiero total supera $1,100,000.

Cancelación de sellos digitales

El SAT puede cancelar los Certificados de Sello Digital (CSD) de una empresa que reiteradamente recibe CFDI de prestadoras sin REPSE o con irregularidades en el esquema de subcontratación. Sin CSD, la empresa no puede emitir facturas. Esto paraliza operaciones.

Multas por infracciones al Código Fiscal

El Código Fiscal de la Federación establece multas por no presentar declaraciones informativas o por presentarlas con errores. Las multas van desde $1,400 hasta $34,730 por cada declaración omitida o incorrecta, según el artículo 82 del CFF. Estas cifras se actualizan anualmente.


Sanciones del IMSS

Responsabilidad solidaria

Esta es la sanción más temida en materia de seguridad social. Si la prestadora no paga las cuotas al IMSS, la contratante responde solidariamente por ese adeudo.

Ejemplo: FEMSA contrató a una prestadora de servicios de mantenimiento industrial con 80 trabajadores. La prestadora dejó de pagar cuotas al IMSS durante 18 meses. El IMSS calculó un adeudo de $3,200,000 en cuotas, actualizaciones y recargos. Como FEMSA no realizó verificaciones mensuales ni retuvo pagos, el IMSS la declaró responsable solidaria. FEMSA tuvo que pagar ese adeudo completo.

Si FEMSA hubiera aplicado la cláusula de verificación mensual vista en la lección anterior, habría detectado el incumplimiento a tiempo y retenido pagos a la prestadora.

Multas por omisión de cuotas

El IMSS impone multas que van del 40% al 100% de las cuotas omitidas, más recargos del 1.47% mensual sobre el saldo insoluto. En adeudos grandes, los recargos superan fácilmente el capital original.

Diferencias en salario base de cotización

Si la prestadora registró a sus trabajadores con un salario base de cotización menor al real, el IMSS determina diferencias de cuotas. La contratante, como responsable solidaria, paga esas diferencias más multas.


Sanciones de la STPS

Multas por operar sin REPSE

La Ley Federal del Trabajo establece que prestar servicios de subcontratación especializada sin estar inscrito en el REPSE es una infracción grave. Las multas van de 250 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

En 2024, la UMA diaria es de $108.57. Una multa de 5,000 UMA equivale a $542,850. Esta multa la paga la prestadora, pero la contratante que contrató a esa prestadora también puede ser sancionada por no verificar el registro.

Multas por violaciones a derechos laborales

Si en una auditoría la STPS detecta que los trabajadores subcontratados no reciben prestaciones correctas (vacaciones, aguinaldo, reparto de utilidades), se generan multas adicionales. El rango es de 50 a 5,000 UMA según la gravedad.


Errores comunes que generan sanciones

Error 1: No verificar el REPSE antes de firmar el contrato

Muchas empresas contratantes asumen que si la prestadora tiene REPSE, lo tendrá siempre. El REPSE se renueva anualmente. Una prestadora puede tenerlo vigente en enero y perderlo en julio.

Consecuencia: Los CFDI emitidos por la prestadora después de la fecha de vencimiento del REPSE no son deducibles. El SAT rechaza gastos de meses completos.

Solución: Verifica el REPSE mensualmente en el portal del REPSE de la STPS. Guarda captura de pantalla con fecha cada mes.

Error 2: No compartir información con el IMSS en tiempo

La reforma obliga a que contratante y prestadora compartan información sobre los trabajadores que prestan servicios. La contratante debe presentar ante el IMSS los contratos celebrados dentro de los primeros 30 días hábiles tras la firma.

Muchas empresas desconocen este plazo. La omisión activa la responsabilidad solidaria automáticamente.

Error 3: Contratar servicios que no son "especializados"

La ley solo permite subcontratación de servicios u obras especializadas que no formen parte del objeto social o actividad económica preponderante de la contratante.

Ejemplo incorrecto: Bimbo, cuyo giro es la producción de alimentos, contrata a una prestadora para que opere sus líneas de producción de pan. Eso es su actividad preponderante. Está prohibido. El SAT y el IMSS pueden recaracterizar esa relación y exigir que Bimbo registre a esos trabajadores directamente, con todo el costo retroactivo.

Ejemplo correcto: Bimbo contrata a una empresa especializada en mantenimiento de bandas transportadoras industriales. Eso no es el giro de Bimbo. Está permitido.

Error 4: Conservar contratos menos de cinco años

El SAT puede auditar los últimos cinco años fiscales. Si la empresa destruyó o perdió contratos, CFDI o comprobantes de verificación de REPSE, no puede defenderse en una auditoría. La carga de la prueba recae en la empresa.

Error 5: Pagar en efectivo o sin CFDI

Algunos esquemas informales pagan a prestadoras sin CFDI válido. Esto invalida completamente la deducción fiscal y el acreditamiento de IVA. Además, puede constituir simulación de operaciones, lo que activa el artículo 69-B del CFF y coloca a la empresa en la lista negra del SAT.


Tabla resumen de sanciones

Autoridad Tipo de sanción Monto o consecuencia
SAT Rechazo de deducción ISR 30% del gasto no deducible
SAT Pérdida de acreditamiento IVA 16% del pago realizado
SAT Cancelación de CSD Paralización de operaciones
SAT Multa por declaración omitida $1,400 a $34,730 por declaración
IMSS Responsabilidad solidaria 100% del adeudo de la prestadora
IMSS Multa por omisión de cuotas 40% a 100% de cuotas omitidas
IMSS Recargos 1.47% mensual sobre adeudo
STPS Multa por operar sin REPSE Hasta $542,850 (5,000 UMA)
STPS Multa por violaciones laborales 50 a 5,000 UMA

Lo que debes hacer para evitar sanciones

La prevención es más barata que cualquier multa. Tres acciones concretas reducen el riesgo al mínimo.

Primero: Verifica el REPSE de tu prestadora cada mes y guarda evidencia con fecha. Segundo: Presenta ante el IMSS los contratos de subcontratación dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma. Tercero: Conserva todos los contratos, CFDI y comprobantes de verificación por al menos cinco años en formato digital con respaldo.

Una empresa que documenta correctamente puede defenderse en cualquier auditoría. Una empresa que no documenta, paga.


Puntos clave de esta lección

  • El SAT, el IMSS y la STPS actúan de forma independiente; una sola irregularidad puede generar sanciones de las tres autoridades al mismo tiempo.
  • La sanción más costosa del SAT es el rechazo de deducciones fiscales y la pérdida del acreditamiento de IVA, que puede representar más del 46% del valor del contrato.
  • La responsabilidad solidaria ante el IMSS obliga a la contratante a pagar las cuotas que la prestadora no cubrió, más recargos del 1.47% mensual.
  • Operar como prestadora sin REPSE vigente puede generar multas de hasta $542,850 (5,000 UMA en 2024).
  • Contratar servicios que forman parte de la actividad preponderante de la contratante está prohibido y puede derivar en recaracterización retroactiva de la relación laboral.

Puntos clave

  • El SAT, el IMSS y la STPS actúan de forma independiente; una sola irregularidad puede generar sanciones de las tres autoridades al mismo tiempo.
  • La sanción más costosa del SAT es el rechazo de deducciones fiscales y la pérdida del acreditamiento de IVA, que puede representar más del 46% del valor total del contrato.
  • La responsabilidad solidaria ante el IMSS obliga a la contratante a pagar las cuotas que la prestadora no cubrió, más recargos del 1.47% mensual sobre el adeudo.
  • Operar como prestadora sin REPSE vigente puede generar multas de hasta $542,850 (equivalente a 5,000 UMA en 2024).
  • Contratar servicios que forman parte de la actividad preponderante de la empresa está prohibido y puede derivar en una recaracterización retroactiva de la relación laboral con todos sus costos.

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