En el RESICO, el impuesto mensual se calcula aplicando una tasa fija directamente sobre el total de ingresos cobrados en el mes, sin restar gastos ni deducciones.
Esta es la principal ventaja del régimen: no necesitas llevar una contabilidad compleja. Solo necesitas saber cuánto cobraste y aplicar la tasa que corresponde a ese monto.
La tabla de tasas del RESICO para personas físicas
El SAT define tasas progresivas según el nivel de ingresos mensuales. A mayor ingreso, mayor tasa. La tabla oficial para 2024 es la siguiente:
| Ingreso mensual cobrado | Tasa aplicable |
|---|---|
| Hasta $25,000 | 1.00% |
| De $25,000.01 a $50,000 | 1.10% |
| De $50,000.01 a $83,333 | 1.50% |
| De $83,333.01 a $208,333 | 2.00% |
| De $208,333.01 a $3,500,000* | 2.50% |
*El límite de $3,500,000 es el tope anual, no mensual. El equivalente mensual aproximado es $291,667.
Esta tabla aplica únicamente a personas físicas inscritas en el RESICO. Las personas morales tienen un esquema diferente.
¿Cómo se aplica la tasa?
El cálculo es directo. Solo multiplicas el total de ingresos cobrados en el mes por la tasa correspondiente.
Fórmula básica:
Impuesto mensual = Ingresos cobrados en el mes × Tasa RESICO
No se restan gastos. No se aplican deducciones personales. No se usa ninguna tabla de subsidio al empleo. Solo ingresos cobrados multiplicados por la tasa.
Ejemplo 1: Ingreso bajo — $18,000 al mes
Supón que eres diseñadora gráfica y en marzo cobraste $18,000 por proyectos a distintos clientes.
- Tu ingreso mensual es $18,000.
- Ese monto cae en el rango de "hasta $25,000".
- La tasa es 1.00%.
Impuesto = $18,000 × 1.00% = $180
En marzo pagas $180 de ISR al SAT. Así de simple.
Ejemplo 2: Ingreso medio — $40,000 al mes
Supón que eres contador independiente y en abril facturaste $40,000 a empresas como despachos contables o pequeñas tiendas.
- Tu ingreso mensual es $40,000.
- Ese monto cae en el rango de "$25,000.01 a $50,000".
- La tasa es 1.10%.
Impuesto = $40,000 × 1.10% = $440
En abril pagas $440 de ISR. Nota que la tasa sube ligeramente porque tus ingresos superaron $25,000.
Ejemplo 3: Ingreso alto — $90,000 al mes
Supón que eres consultor de tecnología y en mayo cobraste $90,000 por un proyecto con una empresa mediana.
- Tu ingreso mensual es $90,000.
- Ese monto cae en el rango de "$83,333.01 a $208,333".
- La tasa es 2.00%.
Impuesto = $90,000 × 2.00% = $1,800
En mayo pagas $1,800 de ISR.
Ingresos cobrados vs. ingresos facturados
Este punto genera confusión frecuente. En el RESICO, lo que importa es el dinero que efectivamente entraste a tu cuenta o bolsillo, no lo que facturaste.
Ejemplo práctico: En junio emites una factura por $30,000 a un cliente, pero ese cliente solo te paga $15,000 en junio. El resto lo paga en julio.
- En junio declaras $15,000 (lo que cobraste).
- En julio declaras $15,000 (lo que cobraste ese mes).
Esto se llama principio de flujo de efectivo. Es diferente al régimen general, donde se declara cuando se factura. En el RESICO, declaras cuando el dinero llega a ti.
¿Qué pasa si en un mes no cobras nada?
Si en algún mes no tuviste ningún ingreso cobrado, presentas tu declaración mensual en cero. No pagas impuesto, pero sí debes presentar la declaración. Omitir la declaración, aunque sea en cero, genera multas del SAT.
¿Cuándo se paga el impuesto mensual?
El pago mensual en el RESICO se llama pago definitivo. Esto significa que no necesitas hacer una declaración anual para recalcular lo que pagaste durante el año. Lo que pagas cada mes es el impuesto final.
Fechas de pago: El plazo es el día 17 del mes siguiente al mes que declaras. Por ejemplo:
- Los ingresos de enero se declaran y pagan a más tardar el 17 de febrero.
- Los ingresos de febrero se declaran y pagan a más tardar el 17 de marzo.
El pago se realiza en el portal del SAT usando tu RFC y contraseña (o e.firma). Puedes pagar con transferencia bancaria o en ventanilla de los bancos autorizados.
Errores comunes al calcular el impuesto RESICO
Error 1: Usar el ingreso facturado en lugar del ingreso cobrado
Muchos contribuyentes nuevos declaran lo que facturaron ese mes, no lo que cobraron. Si facturaste $50,000 pero solo te pagaron $20,000, debes declarar $20,000. Declarar de más significa pagar impuesto que todavía no debes.
Error 2: Aplicar la tasa incorrecta
La tasa no se aplica de forma acumulada como en otros regímenes. Si cobraste $40,000, aplicas 1.10% a los $40,000 completos, no 1.00% a los primeros $25,000 y 1.10% al resto. Es una sola tasa sobre el total del ingreso del mes.
Error 3: Sumar ingresos de meses anteriores
El cálculo es mensual e independiente. Si en enero cobraste $20,000 y en febrero cobraste $30,000, no sumas los dos meses. Cada mes se calcula por separado con su propia tasa.
Error 4: Olvidar ingresos en efectivo
Si un cliente te paga en efectivo sin factura, ese ingreso también debe incluirse en tu declaración mensual. El RESICO no distingue entre pagos con factura y pagos sin factura. Todo lo que cobras cuenta.
Comparación rápida: RESICO vs. RIF (régimen anterior)
Antes del RESICO existía el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF). Muchos contribuyentes migraron al RESICO cuando el SAT lo implementó. La diferencia principal en el cálculo es esta:
| Característica | RIF | RESICO |
|---|---|---|
| Base del impuesto | Ingresos menos gastos | Ingresos totales cobrados |
| Tasas | Progresivas ISR general | Fijas y bajas (1% a 2.5%) |
| Declaración anual | Sí, obligatoria | No requerida (pago definitivo) |
| Contabilidad | Simplificada pero requerida | Mínima |
El RESICO simplifica el proceso porque elimina la necesidad de registrar gastos para calcular el impuesto.
Ejemplo completo: cálculo de tres meses consecutivos
Supon que eres fotógrafa freelance y trabajas con clientes como restaurantes, boutiques y marcas locales. Estos fueron tus ingresos cobrados:
| Mes | Ingresos cobrados | Tasa | Impuesto a pagar |
|---|---|---|---|
| Enero | $22,000 | 1.00% | $220 |
| Febrero | $48,000 | 1.10% | $528 |
| Marzo | $55,000 | 1.50% | $825 |
- En enero cobraste $22,000. Cae en el primer rango. Pagas $220.
- En febrero cobraste $48,000. Cae en el segundo rango. Pagas $528.
- En marzo cobraste $55,000. Cae en el tercer rango. Pagas $825.
Cada mes es independiente. No se acumulan los ingresos para determinar la tasa.
Puntos clave
- La base del impuesto son los ingresos cobrados, no los facturados ni los ganados.
- La tasa es única por mes: se aplica una sola tasa sobre el total del ingreso mensual, no de forma escalonada.
- El pago es definitivo: no hay declaración anual que recalcule lo pagado durante el año.
- Cero ingresos no significa cero obligaciones: si no cobraste nada, igual presentas tu declaración mensual en cero.
- El plazo siempre es el día 17 del mes siguiente al período que estás declarando.