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¿Cuáles son los regímenes fiscales más comunes en México?

Un régimen fiscal es la categoría tributaria que el SAT asigna a una persona o empresa según el tipo de actividad económica que realiza.

Elegir el régimen correcto define cuánto pagas, cuándo pagas y qué obligaciones fiscales tienes. Inscribirte en el régimen equivocado puede generar multas, recargos y problemas con la autoridad fiscal.


¿Para qué sirve un régimen fiscal?

El régimen fiscal determina tres cosas clave. Primero, la tasa de impuesto que aplica a tus ingresos. Segundo, los formularios y declaraciones que debes presentar. Tercero, si puedes deducir gastos para reducir tu carga fiscal.

Cada persona física o moral debe estar inscrita en al menos un régimen. El SAT lo registra en tu Constancia de Situación Fiscal, el documento que aprendiste a interpretar en lecciones anteriores.


Regímenes para personas físicas

Una persona física es un individuo que genera ingresos propios. En México, las personas físicas pueden tributar en varios regímenes según su actividad.

Régimen Simplificado de Confianza (RESICO Personas Físicas)

El RESICO es el régimen más sencillo disponible para personas físicas en México. Entró en vigor el 1 de enero de 2022 y reemplazó al antiguo Régimen de Incorporación Fiscal (RIF).

¿Quién puede usar el RESICO? Pueden inscribirse personas físicas con actividad empresarial, profesional o de arrendamiento. El límite de ingresos es de $3,500,000 anuales.

¿Cómo se calcula el impuesto? La tasa es progresiva y va del 1% al 2.5% sobre los ingresos cobrados. No se aplica sobre la utilidad, sino directamente sobre los ingresos. Esto simplifica el cálculo porque no necesitas restar gastos.

Ejemplo práctico: Mariana es diseñadora gráfica independiente. En marzo cobró $28,000 por proyectos de clientes. Tributa en RESICO con una tasa del 1.5%. Su ISR del mes es: $28,000 × 1.5% = $420. Ese es el impuesto que paga en su declaración mensual.

Obligaciones en RESICO:

  • Presentar declaraciones mensuales a más tardar el día 17 del mes siguiente.
  • Emitir CFDI por cada ingreso recibido.
  • Presentar declaración anual en abril del año siguiente.

Restricción importante: No puedes estar en RESICO si eres socio, accionista o integrante de una persona moral. Tampoco si tienes ingresos por salarios en otra empresa al mismo tiempo que realizas actividad empresarial propia.


Régimen de Sueldos y Salarios

Este régimen aplica a quienes reciben un salario fijo de un patrón. Si trabajas en una empresa como empleado de nómina, ya estás en este régimen.

Característica principal: El patrón retiene y entera el ISR por ti. Tú no haces declaraciones mensuales por tu cuenta. Solo presentas la declaración anual si tienes ingresos adicionales o si el SAT te lo requiere.

Ejemplo: Carlos trabaja en Liverpool con un salario mensual de $18,500. Su patrón retiene el ISR cada quincena y lo paga directamente al SAT. Carlos solo declara en abril si tuvo otros ingresos durante el año.


Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales

Este régimen es para personas físicas con ingresos superiores a $3,500,000 anuales o que no califican para RESICO. También lo usan quienes prefieren deducir gastos para reducir su base gravable.

¿Cómo funciona? Aquí el impuesto se calcula sobre la utilidad, no sobre los ingresos totales. Utilidad = Ingresos − Deducciones autorizadas. La tasa máxima de ISR es del 35%.

Ejemplo práctico: Juan es consultor independiente con ingresos anuales de $850,000. Sus gastos deducibles (renta de oficina, equipo, software) suman $210,000. Su base gravable es: $850,000 − $210,000 = $640,000. Sobre esa cantidad aplica la tarifa de ISR.

Ventaja: Puedes deducir muchos gastos relacionados con tu actividad. Desventaja: Requiere llevar contabilidad formal y los cálculos son más complejos.


Régimen de Arrendamiento

Si rentas un inmueble (casa, local, bodega), tributas en el Régimen de Arrendamiento. Puedes aplicar una deducción ciega del 35% de tus ingresos sin necesidad de comprobar gastos, o deducir gastos reales si son mayores.

Ejemplo: Roberto renta un local en $12,000 mensuales. Con la deducción ciega: $12,000 × 35% = $4,200 de deducción. Su base gravable mensual es: $12,000 − $4,200 = $7,800. Sobre esa cantidad paga ISR.


Regímenes para personas morales

Una persona moral es una empresa constituida legalmente (S.A., S.A. de C.V., S.C., etc.). Las personas morales tienen regímenes propios.

Régimen General de Personas Morales

Este es el régimen estándar para la mayoría de las empresas en México. Aplica a sociedades mercantiles como las que conoces: Bimbo, FEMSA, Mercado Libre México.

Tasa de ISR: 30% sobre la utilidad fiscal anual.

Obligaciones:

  • Declaraciones mensuales provisionales de ISR e IVA.
  • Declaración anual en marzo.
  • Contabilidad electrónica enviada al SAT mensualmente.
  • Emitir CFDI por todos sus ingresos.

Utilidad fiscal: Se calcula restando las deducciones autorizadas a los ingresos acumulables. Las empresas pueden deducir sueldos, compras, renta de instalaciones, depreciación de equipos y más.


Régimen Simplificado de Confianza para Personas Morales (RESICO PM)

Este régimen aplica a personas morales cuyos socios son exclusivamente personas físicas. Sus ingresos no deben superar $35,000,000 anuales.

Tasa de ISR: Del 1% al 2% sobre ingresos cobrados, sin calcular utilidad.

Ventaja principal: Mucho más sencillo que el Régimen General. No necesitas calcular deducciones ni utilidad fiscal para el ISR.

Ejemplo: Una cooperativa de artesanos constituida como S.C. tiene ingresos anuales de $4,200,000. En RESICO PM paga el 1.5% sobre sus ingresos cobrados cada mes. Esto simplifica su administración fiscal enormemente.


¿Cómo elegir el régimen correcto?

Usa esta guía rápida para orientarte:

Situación Régimen recomendado
Empleado con nómina fija Sueldos y Salarios
Freelancer o profesionista independiente, ingresos menores a $3,500,000/año RESICO Personas Físicas
Freelancer con ingresos altos o muchos gastos deducibles Actividades Empresariales y Profesionales
Propietario que renta inmuebles Arrendamiento
Empresa con socios personas físicas, ingresos menores a $35,000,000/año RESICO Personas Morales
Empresa grande o con socios morales Régimen General de Personas Morales

Antes de inscribirte, consulta a un contador público certificado. El SAT no cambia tu régimen automáticamente si tus circunstancias cambian. Tú debes solicitarlo.


Errores comunes al elegir un régimen fiscal

Error 1: Inscribirse en RESICO siendo socio de una empresa. Si eres accionista o socio de una persona moral, no puedes tributar en RESICO como persona física por esa actividad. El SAT puede rechazar tu inscripción o generarte diferencias de impuesto.

Error 2: Permanecer en el régimen equivocado por años. Algunas personas continúan en el Régimen de Actividades Empresariales cuando ya califican para RESICO. Esto genera pagos de impuesto más altos de lo necesario. Revisar tu régimen anualmente puede ahorrarte dinero.

Error 3: Confundir el régimen fiscal con el régimen de IVA. El ISR y el IVA son impuestos distintos. Estar en RESICO no te exenta de pagar IVA. Sigues obligado a trasladar, acreditar y declarar el IVA mensualmente en la mayoría de los casos.

Error 4: No actualizar el régimen al cambiar de actividad. Si empezaste como empleado y ahora trabajas por tu cuenta, debes inscribirte en un régimen adicional. No hacerlo genera ingresos no declarados, lo que puede derivar en auditorías del SAT.


Puntos clave de esta lección

Cada régimen tiene reglas distintas de tasa, deducciones y obligaciones. Inscribirte en el incorrecto puede costarte más impuesto o generarte multas. Verifica tu régimen actual en tu Constancia de Situación Fiscal y consúltalo con un contador si tienes dudas.

Puntos clave

  • El RESICO para personas físicas aplica a freelancers y profesionistas con ingresos menores a $3,500,000 anuales. Su tasa va del 1% al 2.5% sobre ingresos cobrados, sin necesidad de calcular utilidad.
  • El Régimen de Sueldos y Salarios aplica a empleados de nómina. El patrón retiene y paga el ISR, por lo que el trabajador no realiza declaraciones mensuales por cuenta propia.
  • Las personas morales tienen su propio RESICO si sus socios son exclusivamente personas físicas y sus ingresos no superan $35,000,000 anuales. Las empresas más grandes usan el Régimen General con tasa del 30% sobre utilidad.
  • No puedes estar en RESICO si eres socio o accionista de una persona moral. El SAT puede rechazar tu inscripción o generarte diferencias de impuesto.
  • Tu régimen fiscal aparece en tu Constancia de Situación Fiscal. Revísala cada año y actualízala si cambias de actividad económica.

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