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¿Cómo usar el IMSS cuando tienes una incapacidad por enfermedad o accidente?

Cuando una enfermedad o accidente te impide trabajar, el IMSS puede pagarte un subsidio económico y cubrir tu atención médica mientras te recuperas.

Qué es una incapacidad temporal

Una incapacidad temporal es un certificado oficial que emite el médico del IMSS. Ese documento reconoce que no puedes trabajar por un período determinado. Durante ese tiempo, el IMSS te paga un porcentaje de tu salario en lugar de tu patrón.

Existen dos tipos principales:

  • Incapacidad por enfermedad general: cubre gripes severas, operaciones, enfermedades crónicas, embarazo de riesgo y cualquier padecimiento no relacionado con el trabajo.
  • Incapacidad por riesgo de trabajo: cubre accidentes ocurridos dentro del trabajo o enfermedades causadas directamente por tu actividad laboral.

La diferencia entre ambos tipos es importante porque el porcentaje de pago y los trámites cambian.


Cuánto dinero recibes durante una incapacidad

El monto que recibes depende del tipo de incapacidad.

Enfermedad general: El IMSS te paga el 60 % de tu salario base de cotización (SBC) a partir del cuarto día de incapacidad. Los primeros tres días no se pagan, a menos que tu patrón decida cubrirlos voluntariamente.

Riesgo de trabajo: El IMSS te paga el 100 % de tu SBC desde el primer día del accidente o enfermedad laboral. Aquí no hay período de espera.

Ejemplo con números reales

Supón que trabajas en una tienda Liverpool y tu salario mensual es de $18,000. Tu SBC diario es aproximadamente $600.

Tipo de incapacidad Días pagados Pago diario Total en 10 días hábiles
Enfermedad general Día 4 en adelante $360 $2,520 (7 días)
Riesgo de trabajo Desde el día 1 $600 $6,000

En enfermedad general, los tres primeros días no los cubre el IMSS. Tu patrón en Liverpool puede cubrirlos por política interna, pero no está obligado por ley a hacerlo.


Paso a paso para tramitar tu incapacidad

Seguir el proceso correcto es fundamental. Si omites un paso, podrías perder el pago del subsidio.

Paso 1 — Acude a tu UMF el mismo día o al día siguiente Cuando te enfermes o sufras un accidente no laboral, ve a tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) lo antes posible. El médico evaluará tu estado y, si determina que no puedes trabajar, emitirá el certificado de incapacidad.

Paso 2 — En caso de accidente de trabajo, avisa primero a tu patrón Si el accidente ocurrió en tu centro de trabajo, tu patrón debe levantar un aviso de accidente de trabajo (ST-7) y enviarte a la clínica del IMSS correspondiente. No vayas directamente a urgencias sin este aviso, porque el trámite puede complicarse.

Paso 3 — Recibe tu certificado de incapacidad El médico te entrega un documento oficial con:

  • Fecha de inicio de la incapacidad
  • Número de días que no puedes trabajar
  • Diagnóstico en clave (CIE-10)
  • Sello y firma del médico

Guarda ese documento. Es la base legal de todo el proceso.

Paso 4 — Entrega una copia a tu patrón Tienes hasta 2 días hábiles para informar a tu patrón que tienes una incapacidad. Entrégale copia del certificado. Esto protege tu empleo: la ley establece que tu patrón no puede despedirte mientras estés incapacitado.

Paso 5 — El IMSS procesa el pago del subsidio El pago lo realiza directamente el IMSS, no tu patrón. El subsidio se deposita en la cuenta bancaria que registres o se puede cobrar en ventanilla según el proceso de tu clínica.

Paso 6 — Renovaciones si la incapacidad se extiende Si al terminar el período inicial no te has recuperado, el médico puede renovar la incapacidad. Puedes renovarla hasta por 52 semanas continuas en enfermedad general. Si después de ese tiempo sigues sin poder trabajar, el caso se evalúa para una posible invalidez permanente.


Documentos que necesitas tener listos

Antes de acudir a tu UMF, ten a la mano:

  • Credencial del IMSS o CURP para que el médico verifique tu vigencia de derechos.
  • Número de Seguridad Social (NSS) — lo encuentras en tu estado de cuenta AFORE o en imss.gob.mx.
  • Identificación oficial (INE o pasaporte).
  • En caso de accidente laboral, el número de registro patronal de tu empresa, que aparece en tu recibo de nómina.

No necesitas llevar papeles especiales del trabajo. El médico genera el certificado con los datos que ya tiene el IMSS en su sistema.


Obligaciones de tu patrón durante tu incapacidad

Tu patrón tiene responsabilidades claras mientras estás incapacitado.

Lo que sí debe hacer:

  • Registrar correctamente tu incapacidad ante el IMSS.
  • Mantener tu plaza y tus prestaciones activas.
  • Cubrir las cuotas obrero-patronales al IMSS aunque no estés trabajando.
  • Pagarte los primeros tres días de incapacidad por enfermedad general si así lo establece el contrato colectivo o el reglamento interno.

Lo que NO puede hacer:

  • Despedirte mientras dure la incapacidad reconocida por el IMSS.
  • Presionarte para regresar antes de que el médico lo autorice.
  • Descontarte días de vacaciones o de aguinaldo por los días de incapacidad.

Si trabajas en una empresa como Bimbo o FEMSA que tiene contrato colectivo, revisa si el contrato mejora las condiciones del pago durante la incapacidad. Muchas empresas grandes cubren el 100 % del salario durante cierto número de días por acuerdo sindical.


Errores comunes

Error 1 — Esperar varios días para acudir al médico Algunos trabajadores esperan dos o tres días pensando que se recuperarán solos. Si el médico no expide el certificado desde el inicio del padecimiento, puedes perder el derecho al subsidio de esos días. Acude el mismo día o al día siguiente.

Error 2 — No avisar a tu patrón dentro del plazo Si tardas más de dos días hábiles en notificar a tu patrón, la empresa puede argumentar abandono de trabajo. Siempre entrega copia del certificado y pide acuse de recibo o envíalo por correo electrónico para tener evidencia.

Error 3 — Trabajar mientras estás incapacitado Algunos trabajadores realizan actividades laborales desde casa durante su incapacidad, especialmente en trabajos de oficina. Esto puede cancelar tu derecho al subsidio si el IMSS lo detecta. La incapacidad implica reposo total de las actividades que causaron el padecimiento.

Error 4 — Confundir el tipo de incapacidad Un accidente fuera del horario laboral (por ejemplo, una caída en tu casa) es enfermedad general, no riesgo de trabajo, aunque hayas sufrido una lesión física. Declararlo incorrectamente puede causar problemas en el trámite.


Comparación rápida: enfermedad general vs. riesgo de trabajo

Característica Enfermedad general Riesgo de trabajo
Causa Fuera del trabajo Dentro del trabajo
Pago del subsidio 60 % del SBC 100 % del SBC
Período de espera 3 días sin pago Sin período de espera
Duración máxima 52 semanas 52 semanas
Aviso inicial Solo al médico Patrón + médico

Puntos clave para recordar

  • El subsidio de enfermedad general cubre el 60 % de tu SBC y empieza a pagarse desde el cuarto día. El de riesgo de trabajo cubre el 100 % desde el primer día.
  • Tienes dos días hábiles para notificar a tu patrón después de recibir el certificado de incapacidad.
  • Tu patrón no puede despedirte mientras dure una incapacidad reconocida por el IMSS.
  • En caso de accidente laboral, tu patrón debe levantar el aviso ST-7 antes de que acudas a la clínica, para que el trámite sea riesgo de trabajo.
  • Puedes renovar la incapacidad hasta 52 semanas continuas; después de ese plazo, el IMSS evalúa si corresponde una pensión por invalidez.

Puntos clave

  • La incapacidad por enfermedad general te paga el 60 % de tu salario base de cotización a partir del cuarto día; la incapacidad por riesgo de trabajo te paga el 100 % desde el primer día sin período de espera.
  • Acude a tu UMF el mismo día o al día siguiente de que aparezca el padecimiento; esperar más puede hacerte perder el derecho al subsidio de esos días.
  • Debes notificar a tu patrón dentro de los dos días hábiles siguientes a la emisión del certificado, entregando una copia y guardando evidencia del aviso.
  • Tu patrón no puede despedirte ni presionarte a regresar mientras tengas una incapacidad vigente reconocida por el IMSS.
  • En accidentes de trabajo, pide a tu patrón que levante el aviso ST-7 antes de acudir a la clínica, para que el caso se clasifique como riesgo de trabajo y recibas el 100 % de tu salario.

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