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¿Cuáles son las obligaciones del patrón bajo la NOM-035?

La NOM-035 establece obligaciones concretas que todo patrón en México debe cumplir para identificar, prevenir y atender los factores de riesgo psicosocial en el trabajo.

Imagina que eres trabajador de una sucursal de Liverpool en Guadalajara. Un día notas que el ambiente es tenso, que nadie habla con nadie y que tu jefe te grita frente a todos. ¿El patrón tiene alguna responsabilidad legal sobre eso? Sí, y está escrita con claridad en la NOM-035. Conocer estas obligaciones te da poder: como trabajador, para exigir tus derechos; como responsable de RR.HH., para saber qué debes hacer y cuándo.

El sistema de obligaciones: de lo básico a lo complejo

La NOM-035 no pide lo mismo a todas las empresas. Divide las obligaciones según el tamaño del centro de trabajo. A este modelo lo podemos llamar el Sistema Escalonado de Cumplimiento.

Hay tres niveles:

  • Nivel 1: Centros de trabajo con hasta 15 trabajadores.
  • Nivel 2: Centros de trabajo con 16 a 50 trabajadores.
  • Nivel 3: Centros de trabajo con más de 50 trabajadores.

Cada nivel incluye las obligaciones del nivel anterior, más nuevas. Es como construir una casa: primero los cimientos, luego las paredes, luego el techo.

Lo que todo patrón debe hacer, sin importar el tamaño

Estas obligaciones aplican desde la tiendita de la esquina hasta Bimbo o FEMSA. Son el piso mínimo del cumplimiento.

1. Establecer una política de prevención de riesgos psicosociales. El patrón debe crear un documento escrito que declare su compromiso con la salud mental en el trabajo. No puede ser una hoja en blanco con una firma. Debe incluir acciones concretas y ser conocida por todos los trabajadores.

2. Adoptar medidas para prevenir los factores de riesgo psicosocial. Esto significa actuar antes de que el daño ocurra. Por ejemplo, si en un call center los trabajadores reciben insultos de clientes todo el día, el patrón debe establecer protocolos para protegerlos, como rotación de turnos o capacitación en manejo emocional.

3. Atender los factores de riesgo psicosocial detectados. Cuando ya existe un problema identificado, el patrón no puede ignorarlo. Debe intervenir. Si detecta que hay acoso entre compañeros en una bodega de Mercado Libre, debe actuar con medidas disciplinarias y de apoyo psicológico.

4. Difundir información sobre los riesgos psicosociales. El patrón debe informar a sus trabajadores qué son los factores de riesgo psicosocial, cómo reconocerlos y cómo reportarlos. Puede hacerlo con carteles, correos electrónicos o pláticas breves en los cambios de turno.

5. Establecer medidas para atender acontecimientos traumáticos severos (ATS). Como viste en la lección anterior, si ocurre un evento violento durante la jornada, el patrón debe tener un protocolo listo. Esto aplica para todos los centros de trabajo, sin excepción.

Obligaciones adicionales para centros con 16 a 50 trabajadores

Si la empresa tiene entre 16 y 50 trabajadores, las obligaciones crecen. Aquí el patrón ya no solo informa: también debe medir.

6. Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial. El patrón debe aplicar una guía de referencia para conocer el estado real de su centro de trabajo. La NOM-035 incluye guías de referencia que sirven como punto de partida. El objetivo es saber qué está pasando, no solo suponer.

7. Evaluar el entorno organizacional. Esto va un paso más allá. El patrón debe revisar si el ambiente de trabajo favorece o daña la salud mental. Factores como la comunicación entre jefes y trabajadores, la claridad de las tareas y el trato entre compañeros forman parte de esta evaluación.

Por ejemplo, una empresa de distribución con 30 empleados en Monterrey debería preguntar: ¿los trabajadores saben exactamente qué se espera de ellos? ¿Tienen libertad para reportar problemas sin miedo a represalias? Esas respuestas son parte de la evaluación del entorno organizacional.

Obligaciones para empresas con más de 50 trabajadores

Aquí es donde el cumplimiento se vuelve más estructurado y exigente. Una empresa como FEMSA, con miles de empleados, tiene obligaciones que van mucho más allá de pegar un cartel.

8. Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas. El patrón debe asegurarse de que los trabajadores expuestos a factores de riesgo psicosocial reciban atención médica y psicológica. Esto no significa que el patrón diagnostique enfermedades. Significa que facilita el acceso a profesionales de salud.

9. Contar con mecanismos seguros y confidenciales para reportar. Los trabajadores deben tener una vía formal y segura para reportar actos de violencia laboral, acoso o situaciones de riesgo. Puede ser un buzón físico, una dirección de correo exclusiva o una línea telefónica interna. Lo importante es que el trabajador no sienta miedo de usarla.

Imagina que en una planta de producción de Bimbo en Toluca, un trabajador quiere reportar que su supervisor lo humilla frente al grupo. Si no existe un mecanismo seguro, ese trabajador simplemente callará. La NOM-035 obliga al patrón a crear ese espacio.

10. Vigilar el entorno organizacional de forma periódica. No basta con hacer una evaluación una sola vez. El patrón debe repetirla al menos cada dos años para ver si las condiciones mejoraron, se mantuvieron o empeoraron.

11. Realizar acciones de intervención. Cuando la evaluación detecta áreas críticas, el patrón debe diseñar e implementar un plan de acción. Este plan debe tener fechas, responsables y resultados esperados. No es suficiente decir "vamos a mejorar": hay que escribirlo, firmarlo y cumplirlo.

Errores comunes que cometen los patrones

Conocer las obligaciones también significa saber qué falla con más frecuencia. Estos son los errores más comunes:

Error 1: Confundir informar con cumplir. Algunos patrones mandan un correo sobre la NOM-035 y creen que ya terminaron. Informar es solo una parte. Falta identificar, evaluar, intervenir y documentar.

Error 2: No guardar evidencia. La STPS puede pedir pruebas en cualquier momento. Si el patrón no tiene registros escritos de sus acciones, es como si nunca las hubiera hecho. Toda acción debe quedar documentada: fecha, participantes, resultado.

Error 3: Aplicar mal el nivel de obligaciones. Una empresa con 60 trabajadores que solo cumple las obligaciones del Nivel 1 está incumpliendo la norma. El tamaño del centro de trabajo determina el nivel de exigencia.

Error 4: Tratar la evaluación como un trámite. Algunas empresas aplican la guía de referencia de forma mecánica, sin leer los resultados ni actuar sobre ellos. La evaluación sin intervención no sirve de nada.

Cómo aplicar esto en tu contexto

Si eres trabajador, revisa si tu empresa ha cumplido con al menos las obligaciones básicas. ¿Existe una política escrita de prevención? ¿Has recibido información sobre riesgos psicosociales? ¿Sabes cómo reportar una situación de acoso?

Si eres responsable de cumplimiento o RR.HH., usa esta lista como checklist. Identifica en qué nivel está tu empresa y qué obligaciones aún no has cubierto. Empieza por las básicas y avanza de forma ordenada.

Una forma práctica es crear una tabla con tres columnas: obligación, evidencia disponible, acción pendiente. Ese documento te dará claridad inmediata sobre dónde estás parado.

Comparación rápida por tamaño de empresa

Obligación Hasta 15 trabajadores 16–50 trabajadores Más de 50 trabajadores
Política de prevención
Difundir información
Protocolo para ATS
Identificar factores de riesgo
Evaluar entorno organizacional
Exámenes médicos y psicológicos
Mecanismos de reporte confidencial
Evaluaciones periódicas

Esta tabla resume todo lo que vimos. Guárdala como referencia.

El patrón que entiende sus obligaciones como una inversión en su equipo, y no como un castigo legal, construye empresas donde la gente realmente quiere trabajar.

Puntos clave

  • La NOM-035 divide las obligaciones del patrón en tres niveles según el tamaño del centro de trabajo: hasta 15, de 16 a 50, y más de 50 trabajadores.
  • Todo patrón, sin importar su tamaño, debe establecer una política de prevención, difundir información sobre riesgos psicosociales y tener un protocolo para atender acontecimientos traumáticos severos.
  • Las empresas con más de 50 trabajadores deben contar con mecanismos confidenciales de reporte, practicar evaluaciones periódicas y diseñar planes de intervención con responsables y fechas.
  • El error más frecuente es confundir informar con cumplir: la norma exige identificar, evaluar, intervenir y documentar, no solo mandar un correo.
  • Toda acción tomada bajo la NOM-035 debe quedar documentada con fecha y evidencia, ya que sin registros escritos la empresa no puede demostrar cumplimiento ante la STPS.

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